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Ayuda básica a la renta en la vejez o reducción total permanente de la capacidad de ganancia

Deben solicitarse las prestaciones básicas de la Seguridad Social en la vejez y en caso de reducción permanente total de la capacidad de ganancia conforme al Código Social XII. La prestación depende de los ingresos y el patrimonio.

¿Quién puede percibir prestaciones en virtud de esta Ley?

Las personas con residencia habitual en la República Federal de Alemania que:

  • hayan cumplido 65 años o
  • hayan cumplido 18 años y padezcan una incapacidad permanente total por razones médicas, independientemente de su situación en el mercado de trabajo.

La percepción de una pensión por vejez o reducción total de la capacidad de ganancia no es un requisito previo.

Las personas que no puedan mantenerse con sus propios ingresos y bienes o

  • de sus propios ingresos y bienes o
  • de los ingresos y bienes de su cónyuge o pareja de hecho no separada, en la medida en que superen sus propias necesidades.

¿Quién no tiene derecho?

  • Las personas cuyos ingresos superen un importe anual de 100.000 EUR (por hijo o progenitor),
  • las personas que hayan causado su estado de necesidad intencionadamente o por negligencia grave en los últimos 10 años,
  • los extranjeros que perciben prestaciones en virtud de la Ley de Prestaciones para Solicitantes de Asilo.

¿A cuánto asciende la ayuda básica a la renta que puedo percibir?

La necesidad incluye

  • el nivel de necesidades estándar aplicable al solicitante
  • los gastos reales razonables de alojamiento y calefacción (prorrateados para los cónyuges y parejas de hecho no separadas),
  • las posibles cotizaciones al seguro de enfermedad y de dependencia y
  • los suplementos por necesidades adicionales.

Los ingresos existentes se compensan con las necesidades así calculadas.

El derecho básico de seguridad es la necesidad no cubierta por los ingresos disponibles.

Si los ingresos son suficientes para cubrir la necesidad, no se calcula la prestación de seguridad básica.

Si los ingresos no son suficientes, pero dispone de bienes que debe utilizar para cubrir sus gastos de subsistencia, no hay prestación de seguridad básica. Una vez utilizados los bienes que debe utilizar, puede presentar una nueva solicitud de ayuda básica a la renta.

El límite de pequeñas cantidades en efectivo u otros activos monetarios que no tienen que utilizarse para percibir la ayuda a la renta básica es de 10.000 euros por cada adulto. Los importes superiores se consideran activos que deben utilizarse.

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