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Notarización de documentos y firmas

Legalización de documentos

Toda autoridad está autorizada a legalizar copias de certificados y documentos que ella misma haya expedido. Los certificados y documentos extranjeros pueden ser legalizados por el Servicio de Atención al Ciudadano en las condiciones especificadas en la sección "Detalles".

Legalización notarial de firmas

En determinadas condiciones, el Servicio de Atención al Ciudadano está autorizado a certificar firmas si el documento debe presentarse ante una autoridad. Las disposiciones exactas figuran en la sección "Detalles".

Legalización de documentos: ¿qué certifica el Servicio de Atención al Ciudadano?

Legalización notarial si el original ha sido expedido por una autoridad o la copia es necesaria para una autoridad

En general, el Servicio de Atención al Ciudadano está autorizado a certificar copias si el original ha sido expedido por una autoridad o la copia es necesaria para su presentación ante una autoridad (por ejemplo, certificados).

Legalización sólo parcial de certificados y documentos extranjeros, así como de certificados y documentos alemanes para su uso en el extranjero

Los certificados y documentos extranjeros, así como los certificados y documentos alemanes para uso en el extranjero, pueden requerir otros tipos de legalización para su reconocimiento. Para más información, póngase en contacto con la oficina a la que vaya a presentarse.

Legalización notarial de certificados/documentos en lenguas distintas del alemán y alfabetos no latinos - sólo con una traducción reconocida oficialmente

Los certificados y documentos redactados en lenguas distintas del alemán sólo se legalizarán si se presenta una traducción oficialmente reconocida. Esto sirve para verificar la prohibición de autenticación notarial.

En el caso de certificados y documentos en escritura no latina, las fotocopias son realizadas por el Servicio de Atención al Ciudadano para descartar posibles discrepancias entre el original y la fotocopia.

Legalización notarial de documentos: ¿qué no legaliza el Servicio de Atención al Ciudadano?

No se compulsan copias de documentos del Registro Civil o de las autoridades de ciudadanía y naturalización.

Las disposiciones legales especiales pueden reservar el derecho exclusivo a expedir copias compulsadas de registros y archivos oficiales de otras autoridades (por ejemplo, documentos del registro civil y de las autoridades de ciudadanía y naturalización). En ese caso, el Servicio de Atención al Ciudadano no podrá legalizarlos. Esto se aplica tanto a los certificados y documentos de las autoridades alemanas como a los certificados y documentos internacionales.

No legalización de documentos de derecho privado

El Servicio de Atención al Ciudadano no puede legalizar documentos de derecho privado que no deban presentarse ante una autoridad pública (no legalización oficial). Estos documentos sólo pueden ser legalizados por un notario (certificación notarial).

No hay legalización para los cambios de contenido

Además, las copias no pueden legalizarse si las circunstancias justifican la presunción de que se ha modificado el contenido original del documento cuya copia debe legalizarse. En particular, si dicho documento contiene lagunas, tachaduras, inserciones, cambios, palabras, números o símbolos ilegibles, huellas de la supresión de palabras, números y símbolos o si se ha eliminado el contexto de un documento compuesto por varias hojas. En caso de duda, se denegará la certificación notarial.

Legalización notarial de firmas

El Servicio de Atención al Ciudadano está autorizado a certificar firmas si el documento firmado es necesario para su presentación ante una autoridad u otro organismo público al que deba presentarse el documento firmado en virtud de una disposición legal.

Esto no se aplica a

  1. firmas sin texto adjunto,
  2. firmas que requieren certificación pública(artículo 129 del Código Civil alemán) o notarización(artículo 128 del Código Civil alemán). Este es el caso, en particular, de los asuntos de Derecho privado, como el tribunal testamentario, el registro mercantil, el registro de la propiedad y similares.

Legalización notarial de documentos

  • En su cita se notarizarán hasta 10 páginas.
  • Si son más de 10 páginas, las notarizaciones sólo podrán recogerse posteriormente. Por favor, coméntelo con el empleado del Servicio de Atención al Ciudadano durante su cita. La tasa correspondiente deberá abonarse en el momento de la solicitud.

Legalización notarial de firmas

  • La firma debe realizarse en presencia del empleado del Servicio de Atención al Ciudadano en el documento que se va a presentar a la autoridad (no de antemano, hay que llevar el documento/formulario correspondiente).
  • Documento de identidad o pasaporte
  • Documentos y certificados originales
  • En el caso de documentos y certificados escritos en alfabeto latino, se pueden hacer copias por adelantado y llevarlas consigo. Tenga en cuenta que esto prolongará el tiempo de tramitación, ya que cada copia debe compararse con el original.
  • Formulario/documento para la firma ante notario (¡no firme por adelantado!)

Entrega de documentos: sin cita previa

Los documentos que ya se hayan solicitado y estén listos para su recogida (pasaporte, documento de identidad y tarjeta eID, así como documentos de la autoridad competente en materia de permisos de conducir) pueden recogerse en recepción durante el horario de apertura sin necesidad de cita previa.

Otros trámites con cita previa

Para acudir en persona por otros asuntos, es necesario concertar una cita. Puede hacerlo por Internet o por teléfono.

Horario de atención al público

Día
Horario
Lunes 08:30 – 13:00 h
Martes 08:30 – 18:00
Miércoles 09:00 – 13:00
Jueves 08:30 – 16:00
Viernes 08:30 – 13:00
Sábados del mes Días Horarios
Mayo 9 y 23 de mayo de 2026 De 09:00 a 13:00
Junio 6 de junio y 20 de junio de 2026 De 09:00 a 13:00
Julio 4 de julio y 18 de julio de 2026 09:00 - 13:00
Agosto 1 de agosto y 15 de agosto de 2026 De 09:00 a 13:00
Septiembre 5 de septiembre y 19 de septiembre de 2026 09:00 - 13:00
Octubre 10 de octubre y 24 de octubre de 2026 09:00 - 13:00
Noviembre 7 y 21 de noviembre de 2026 09:00 - 13:00
Diciembre 5 y 19 de diciembre de 2026 de 09:00 a 13:00
Servicios Tarifa
Notarización de documentos elaborados por la propia autoridad, por documento 4,50 €

Legalización de documentos en otros casos

- hasta 10 páginas (tarifa mínima)

- cada página adicional

9,00 €

0,90 €

Notarización de firmas, por firma 9,00 €

Realización de copias hasta DIN A3 (blanco y negro, no es posible un formato mayor)

- para las primeras 50 páginas, por página

- cada página adicional

0,50 €

0,15 €

  • § el artículo 3 de la Ley de Procedimiento Administrativo de Turingia (ThürVwVfG) en relación con el artículo 1 de la Ordenanza de Turingia sobre la determinación de las autoridades autorizadas para certificar (BeglV TH)
  • § Artículo 1 de la Ley de Procedimiento Administrativo de Turingia (ThürVwVfG) en relación con los artículos 33 y 34 de la Ley de Procedimiento Administrativo (VwVfG).
  • Reglamento General de Costes Administrativos de Turingia (ThürAllgVwKostO)
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Mitarbeiter/-innen

Equipo de atención al ciudadano

Correo electrónico: buergerservice@jena.de

Telefon: 0049 3641 49-3800

Fax: 03641 49-3827